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14 febrero 2009

VACACIONES,NOTICIA,AVISO Y NUEVA QUEJA

NUEVA QUEJA
Vamos a empezar por la queja.Como recordareis hace unas semanas en una de las instancias que le hizo a la Empresa el Instituto Laboral,fué la instalacion de un techado en los surtidores de Torrejon.Pues bien y como veis(os pedimos perdon por la calidad de las fotos)los han instalado de la manera que se puede apreciar en las fotos.

¡¡Los autobuses no se mojan,pero los conductores que repostan sí!!
No sabemos si es una accion de tomadura de pelo,pero lo que si sabemos es que antes de la instalacion y cuando nos enseñaron el proyecto,Antonio Paredes les insistió que por las medidas que tenia el tejado,probablemente pasara esto que veis en las fotos.Lo dijo de buena fé,para evitar un gasto inutil a la empresa y como siempre no nos hicieron caso.
Pues bien,esto no vale y cualquiera que tenga dos dedos de frente viendo estas fotos,sabe porqué.Desde este Comite,seguiremos insistiendo para que los conductores no nos mojemos y por si no habia quedado claro,los autobuses no pasa nada por que se mojen.
FOTOS
Las fotos de hoy nos las envia el compañero Francisco Villaescusa. Son por distintas,originales.
VACACIONES
De todos es sabido el derecho que tenemos al disfrute de al menos cuatro semanas de vacaciones anuales retribuidas, de conformidad con las condiciones de obtención y concesión establecida en la legislación nacional y considerado de especial importancia dentro de Derecho Social Comunitario.
Pues bien dentro de ese derecho se pueden plantear diferentes litigios dos de los cuales presentan quizás más importancia y que os desarrollamos:
1º.- ¿UN TRABAJADOR EN SITUACION DE BAJA POR ENFERMEDAD TIENE DERECHO A VACACIONES ANUALES RETRIBUIDAS POSTERIOR A DICHA BAJA POR ENFERMEDAD?
Y, EN CASO AFIRMATIVO,
2º.- ¿EN QUE MEDIDA UN TRABAJADOR EN SITUACION DE BAJA POR ENFERMEDAD DURANTE LA TOTALIDAD O PARTE DEL PERIODO DE DEVENGO DE LAS VACACIONES ANUALES Y/O DEL PERIODO DE PRORROGA TIENE DERECHO A UNA COMPENSACION ECONOMICA EN CONCEPTO DE VACACIONES ANUALES REITRIBUIDAS AUN NO DISFRUTADAS EN EL MOMENTO EN QUE FINALIZO LA RELACION LABORAL?.







Pues bien a la vista de lo anterior y en virtud del Articulo 7 de la Directiva 2003/88/CE, dicho articulo alberga dudas tanto en su punto 1º como en el 2º puesto que no determina si el periodo vacacional ha de disfrutarse posterior a un periodo de baja por enfermedad común, incluso transcurrido el periodo anual de su devengo y tampoco si existe compensación económica en el supuesto de la extinción de la relación laboral habiéndose dado a priori una IT.
Partiendo entonces de que el trabajador tiene derecho a disfrutar de un descanso efectivo, en aras de una protección eficaz de su seguridad y con independencia de su estado de salud, el Tribunal de Justicia Comunitario viene a matizar dicha directiva, dando como es de merecer un derecho aun más consolidado al trabajador.
Dichos matices se basan en que la Directiva 2003/88/CE, y transcrito a lo cotidiano que transcurrido un periodo de baja por enfermedad si este a coincidido con el periodo de disfrute de vacaciones, no implica su perdida tanto si el periodo de disfrute se encuentra después del año civil sumado a un periodo de prorroga que como máximo será de tres meses, como si queda dentro del año de devengo.
Y por otro lado y como 2º matiz dicho Tribunal de Justicia también argumenta que la Directiva 2003/88/CE interpreta que debe existir compensación económica en concepto de vacaciones anuales retribuidas no disfrutadas por haberse encontrado en situación de baja por enfermedad durante la totalidad o parte del periodo de devengo de las vacaciones anuales y/o del periodo de prorroga, razón por la cual no haya podido ejercitar su derecho a vacaciones.
Por todo lo expuesto y como precedente fundamental de un derecho social, desde el comité se anima a todo aquel que en algún momento de su vida laboral se encuentre en alguna de las situaciones anteriormente expuestas, A HACER DENUNCIA PÚBLICA ante los Organismos Competentes en esta materia defendiendo como es de merecer UN DERECHO que determina, la Constitución Española en su articulo 40.2, el Estatuto de los Trabajadores en su articulo 38 y determinadas normas internacionales.
A continuacion ostranscribimos la noticia aparecida en el diario gratuito 20 minutos el pasado 13 de Febrero:
"Colas más largas en las paradas, autobuses saturados y conductores en paro. Éste es el panorama que se vivirá en el servicio de autobuses interurbanos de Madrid cuando el Consorcio Regional de Transportes culmine su objetivo: recortar hasta un 7% los trayectos de los autobuses de aquí a marzo. La reducción se suma a la ya efectuada en el metro y los buses de la EMT en los últimos meses. El plan del Consorcio supone la supresión de unos 600 viajes en las líneas de transporte por carretera que operan entre los municipios madrileños, según cálculos del consejero por CC OO en el Consorcio, J. Antonio Olmos.
Además, las líneas 1, 2, 3, 4 y 5 de metro han perdido trenes desde octubre y la EMT ha eliminado viajes. Estas supresiones se han realizado en horas valle y en fines de semana, por lo que su efecto en las frecuencias es más leve.
El organismo de transportes expuso los recortes en los autobuses interurbanos a sus miembros hace dos semanas. En un principio lo plantearon como una posibilidad en estudio. Pero "las reducciones ya se están produciendo desde hace varias semanas", según indican Olmos y el representante de los usuarios en el Consorcio, Eugenio Morales. La Comunidad, que no había informado de esta decisión, lo ha confirmado a 20 minutos.
Vehículos colapsados
Los usuarios notarán pronto este recorte. Los autobuses tardarán hasta cinco minutos más en llegar a los apeaderos. "Si los vehículos ya van colapsados, imagina cómo irán ahora", dice Olmos.
Los que ya están sufriendo esta medida son los trabajadores, ya que las empresas de transporte están despidiendo a empleados fijos y no están renovando a los temporales. Los sindicatos calculan que medio millar de personas perderán sus puestos de trabajo.
La Consejería de Transportes justifica que las expediciones que se quitarán ya no son necesarias porque la demanda ha caído (en sus presupuestos estiman que este año habría un 0,9% menos de viajeros). "Siempre ajustamos la oferta a la demanda y ahora mismo no es necesaria una oferta desmedida", explica una portavoz de Transportes.
Pero los usuarios y los sindicatos creen que detrás de esta medida hay motivos económicos. "Es una barbaridad que reduzcan un servicio público necesario", lamenta el Defensor del Metro y consejero del Consorcio, Eustaquio Jiménez. "Lo hacen por ahorrar en un momento de bajada de ingresos, aunque deberían primar más el beneficio social que el económico"

AVISOS
Anto los problemas que esta habiendo a la hora de aparcar nuestros turismos en el CDT,os informamos y aunque esto debiera hacerlo la empresa:LAS PLAZAS APTAS PARA NOSOTROS SON:PLAZAS 193 A 219 AMBAS INCLUIDAS Y SITUADAS AL FONDO JUNTO A VALLA. PLAZAS 151 Y 230 SITUADAS EN LA VALLA DE LA DERECHA Y TAMBIEN AL FONDO.OJO ENTRE LAS PLAZAS CORRELATIVAS DEL 193 A 219 HAY UNA PLAZA INTERCALADA (122) QUE NO ES NUESTRA. RECORDAR QUE LA 122 Y 220 NO SON NUESTRAS PESE A ESTAR MUY CERCANAS.
El otro aviso que os queremos hacer, es el relativo a la demanda que hacia un compañero, relativo a la VIDA LABORAL y que desde aqui os recomendamos que pidieseis la citada Vida Laboral.Algun miembro del Comite ya lo ha hecho y al recibirlo en casa,la Vida Laboral estaba correcta,pero os seguimos recordando la necesidad de que lo hagais todos y asi poder tener la mayor informacion posible.





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